- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1095
Artículo 1095 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se trata de joyas o cosas caras que pertenecen a un menor, el juez decide si conviene o no venderlas en una subasta, pensando siempre en lo que más beneficie al niño o niña. Si se subastan, la venta la hace un experto en artículos similares, como una joyería o tienda especializada. Para vender una casa o terreno del menor en remate, se siguen reglas especiales y nadie puede ofrecer menos de dos terceras partes del precio que puso el perito, y tiene que ser tal cual lo autorizó el juez. Si en la primera subasta nadie quiere comprar, el tutor, curador o el Consejo de Tutelas puede pedir que se haga una junta en tres días para cambiar las condiciones del remate y volver a intentarlo, las veces que haga falta.
Texto oficial
Artículo 1095.- Respecto de las alhajas y muebles preciosos, el juez determinará si conviene o no la subasta, atendiendo en todo a la utilidad que resulte al menor. Si se decreta, se hará por conducto de un comisionista o casa de comercio que expenda Artículos similares, observándose en lo conducente lo dispuesto por el Artículo 560. La venta de los inmuebles que se ordene en remate, se realizará conforme a lo dispuesto en el Capitulo II, Título Décimo, Libro Primero del presente código, y en ella no podrá admitirse postura inferior de las dos terceras partes del avalúo pericial o que no se ajuste a los términos de la autorización judicial. Si en la primera almoneda no hubiere postor, a solicitud del tutor, curador o del Consejo de Tutelas, el juez convocará a una junta dentro del tercer día, para ver si son de modificarse o no las bases del remate, señalándose nuevamente las almonedas que fueren necesarias. (ADICIONADO, P.O.20 DE FEBRERO DE 2009)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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