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- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 247
Artículo 247 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, porque fue eliminado de la ley el 14 de enero de 2005. Cuando una norma dice "derogado", significa que ya no existe ni se aplica. Así que no tienes que preocuparte por cumplirlo ni te puede afectar. En resumen, es como si se hubiera borrado del libro de leyes.
Texto oficial
Artículo 247.- DEROGADO, P.O. 14 DE ENERO DE 2005
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.