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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-de-procedimientos-civiles/253
Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
253

Artículo 253 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. "Derogado" significa que la ley que estaba aquí fue eliminada o cancelada, y ya no tiene ningún efecto. Ahora esta parte del código está vacía, así que no debes preocuparte por ella.

Texto oficial

Artículo 253.- DEROGADO, P.O. 14 DE ENERO DE 2005

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.