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- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 253
Artículo 253 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe. "Derogado" significa que la ley que estaba aquí fue eliminada o cancelada, y ya no tiene ningún efecto. Ahora esta parte del código está vacía, así que no debes preocuparte por ella.
Texto oficial
Artículo 253.- DEROGADO, P.O. 14 DE ENERO DE 2005
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