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- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 257
Artículo 257 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, porque fue eliminado de la ley en enero de 2005. Cuando una ley dice "derogado", significa que esa regla ya no existe ni se aplica. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía antes, porque ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 257.- DEROGADO, P.O. 14 DE ENERO DE 2005
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.