- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 273
Artículo 273 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un juez te toma una declaración bajo juramento, va a hacer preguntas y anotar todo lo que respondas, palabra por palabra. Una vez que termina el interrogatorio, tú, como la persona que responde, tienes que firmar al lado del documento donde están las preguntas. Eso es para confirmar que lo que dijiste quedó escrito tal cual lo dijiste.
Texto oficial
Artículo 273.- Hecha la protesta de decir verdad, el juez procederá al interrogatorio, asentando literalmente las respuestas, y concluída la diligencia, la parte absolvente firmará al margen el pliego de posiciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.