- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 354
Artículo 354 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si llevas notas escritas en taquigrafía (un tipo de escritura con signos y abreviaturas muy rápidos), puedes usarlas como prueba en un juicio, pero solo si las acompañas con su traducción normal y explícitas exactamente qué sistema de taquigrafía usaste. En otras palabras, no basta con entregar esos apuntes tal cual; necesitas que alguien los convierta a texto entendible y que digas cómo se hicieron. Así se aseguran de que la prueba sea clara y no se preste a malentendidos.
Texto oficial
Artículo 354.- Los escritos y notas taquigráficas pueden presentarse por vía de prueba, siempre que se acompañe la traducción de ellos, haciéndose especificación exacta del sistema taquigráfico empleado. CAPITULO IX DE LAS PRESUNCIONES.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.