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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-de-procedimientos-civiles/354
Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
354

Artículo 354 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si llevas notas escritas en taquigrafía (un tipo de escritura con signos y abreviaturas muy rápidos), puedes usarlas como prueba en un juicio, pero solo si las acompañas con su traducción normal y explícitas exactamente qué sistema de taquigrafía usaste. En otras palabras, no basta con entregar esos apuntes tal cual; necesitas que alguien los convierta a texto entendible y que digas cómo se hicieron. Así se aseguran de que la prueba sea clara y no se preste a malentendidos.

Texto oficial

Artículo 354.- Los escritos y notas taquigráficas pueden presentarse por vía de prueba, siempre que se acompañe la traducción de ellos, haciéndose especificación exacta del sistema taquigráfico empleado. CAPITULO IX DE LAS PRESUNCIONES.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.