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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-de-procedimientos-civiles/376
Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
376

Artículo 376 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú presentas un documento en un juicio, todo lo que dice ese escrito se toma como verdad contra ti, aunque la otra parte no esté de acuerdo o no lo acepte. Esto significa que no puedes usar un papel para que te beneficie sin que también te perjudique si contiene algo malo para tu caso. En corto: lo que metes al juicio cuenta contra ti, quieras o no.

Texto oficial

Artículo 376.- El documento que un litigante presente prueba plenamente en su contra en todas sus partes, aunque el colitigante no lo reconozca.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.