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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-de-procedimientos-civiles/394
Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
394

Artículo 394 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Solo puedes presentar hasta cinco testigos para descalificar o echar abajo lo que dijeron los testigos de la otra parte en un juicio. Esto sirve para que no se haga un desmadre con un montón de gente dando su versión. Con esos cinco, máximo, tienes que demostrar que el otro testigo no es de fiar o que su testimonio no vale. Pasarse de ese número no se permite.

Texto oficial

Artículo 394.- Para la prueba de tachas no se admitirán más de cinco testigos.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.