- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 416
Artículo 416 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un juez aclara o explica algo de su sentencia, esa aclaración cuenta como parte de la misma sentencia, como si estuviera escrita desde el principio. O sea, no es un documento aparte, sino que se junta con lo que ya dijo. Esto sirve para que la sentencia y su aclaración se lean juntas y se apliquen igual.
Texto oficial
Artículo 416.- La resolución que aclare una sentencia, se reputará parte integrante de ésta. (REFORMADO, P.O. 21 DE JULIO DE 1997)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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