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Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
584

Artículo 584 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si dos o más personas están peleando en un juicio, otra persona que no es parte del pleito puede meterse, pero solo si tiene un interés propio en el asunto, o sea, que le afecte directamente lo que se decida, y que ese interés sea diferente al de los que ya están peleando. No puede meterse por curiosidad o para ayudar a alguien, tiene que ser porque le va algo en el resultado. En corto, es como que un tercero dice "esto también me importa a mí", y la ley le da chance de participar.

Texto oficial

Artículo 584.- En un juicio seguido por dos o más personas pueden venir al pleito uno o más terceros siempre que tengan interés propio y distinto del actor o reo en la materia del juicio.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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