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Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
593

Artículo 593 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien más (llamado "tercero coadyuvante") se mete a un juicio para apoyar a una de las partes, se le trata como si estuviera del lado de esa persona. Ese apoyo puede entrar al pleito en cualquier momento, siempre y cuando todavía no haya una sentencia final que ya no se pueda cambiar. También puede hacer trámites o gestiones en el juicio, pero sin repetir lo que ya hace el demandante o el demandado, a menos que no hayan nombrado a un representante común. Si la persona principal decide retirarse, el que apoya puede seguir con el caso por su cuenta. Además, tiene derecho a apelar o usar otros recursos legales si no está de acuerdo con lo que se decida.

Texto oficial

Artículo 593.- Los terceros coadyuvantes se consideran asociados con la parte cuyo derecho coadyuvan y, en consecuencia, podrán: I.- Salir al pleito en cualquier estado en que se encuentre con tal de que no se haya pronunciado sentencia que cause ejecutoria; II.- Hacer las gestiones que estime oportunas dentro del juicio siempre que no deduciendo la misma acción u oponiendo la misma excepción que actor o reo, respectivamente no hubieren designado representante común; III.- Continuar su acción y defensa aún cuando el principal desistiere; IV.- Apelar e interponer los recursos procedentes.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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