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- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 605
Artículo 605 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley en septiembre de 2006, así que ya no tiene ningún efecto jurídico. En pocas palabras, ya no debes preocuparte por lo que decía, porque no se aplica en ningún caso. Si buscas una regla sobre ese tema, necesitas ver otras leyes vigentes.
Texto oficial
Artículo 605.- (DEROGADO, P.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2006)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.