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- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 607
Artículo 607 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido. Está derogado, lo que significa que fue eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto. Si alguien te lo menciona, no debes preocuparte, porque no aplica para nada. En su lugar, hay otras reglas que sí están vigentes y son las que se usan actualmente.
Texto oficial
Artículo 607.- (DEROGADO, P.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2006)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.