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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-de-procedimientos-civiles/66
Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
66

Artículo 66 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La notificación es un aviso oficial que te dan las autoridades o un juzgado, por ejemplo, para informarte de algo legal. Este artículo dice que no necesitas aceptar ni estar de acuerdo con que te notifiquen para que ese aviso sea válido. O sea, aunque tú no quieras recibirlo o no firmes, el aviso cuenta legalmente igual. La ley solo te exige que te enteren, pero no te pide tu permiso para hacerlo.

Texto oficial

Artículo 66.- Para la validez de la notificación no se requiere el consentimiento del notificado.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.