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Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
677

Artículo 677 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien presenta un escrito oponiéndose a algo en un juicio, el juez le da una copia a la otra parte (el que está cobrando o ejecutando). Esa persona tiene tres días para responder o decir lo que quiera al respecto. En resumen, se le avisa y se le da chance de contestar en ese tiempo.

Texto oficial

Artículo 677.- Del escrito de oposición se dará traslado por tres días al ejecutante. (REFORMADO, P.O. 14 DE ENERO DE 2005)

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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