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Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
706

Artículo 706 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien te demanda, el juez le avisa a la otra persona (el demandado) que tiene 3 días para responder. Después de eso, ambas partes tienen 10 días para presentar pruebas, como documentos o testigos. Es un plazo corto, así que hay que estar listo para actuar rápido.

Texto oficial

Artículo 706.- Presentada la demanda en los términos que se expresan en el artículo anterior se correrá traslado de ella a la parte demandada por el término de tres días para que la conteste. El término de pruebas será de diez días.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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