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- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 726
Artículo 726 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, porque fue cancelado o eliminado en el 2006. Eso significa que no tienes que cumplirlo ni te afecta de ninguna manera. Cuando una ley se deroga, es como si nunca hubiera existido para los casos actuales. Así que puedes ignorarlo por completo, no hay nada que explicar ni aplicar. En pocas palabras, es un artículo muerto.
Texto oficial
Artículo 726.- (DEROGADO, P.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2006)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.