Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-de-procedimientos-civiles/729
- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 729
Artículo 729 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no está vigente: fue derogado, o sea, que se eliminó de la ley y ya no tiene ningún efecto legal. En septiembre de 2006 se quitó, así que lo que decía ya no se aplica ni te afecta. Si necesitas saber qué regla lo reemplazó, tendrías que buscar otra ley o artículo que lo sustituyó. En corto, ya no existe para nada.
Texto oficial
Artículo 729.- (DEROGADO, P.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2006)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.