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- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 730
Artículo 730 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley en septiembre de 2006, así que ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, es como si se hubiera borrado del código, y no tienes que preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 730.- (DEROGADO, P.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2006)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.