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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-de-procedimientos-civiles/730
Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
730

Artículo 730 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley en septiembre de 2006, así que ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, es como si se hubiera borrado del código, y no tienes que preocuparte por él.

Texto oficial

Artículo 730.- (DEROGADO, P.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2006)

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.