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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-de-procedimientos-civiles/731
Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
731

Artículo 731 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente, fue eliminado de la ley en septiembre de 2006. Por eso, ya no tiene ningún efecto legal y nadie tiene que seguirlo. Si buscas la regla que aplica hoy, necesitas revisar otra parte de la ley que la haya reemplazado.

Texto oficial

Artículo 731.- (DEROGADO, P.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2006)

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.