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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-de-procedimientos-civiles/733
Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
733

Artículo 733 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe, porque fue eliminado (derogado) en septiembre de 2006. Básicamente, la ley que estaba aquí ya no aplica para nada. Y como fue derogado, no hay reglas que cumplir ni derechos ni obligaciones que se desprendan de él. Si tenías dudas sobre algo que decía este artículo, ya no te puede afectar ni ayudarte. Solo recuerda que en 2006 se quitó de la ley, así que no busques aplicarlo hoy.

Texto oficial

Artículo 733.- (DEROGADO, P.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2006)

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.