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Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
746

Artículo 746 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los juicios que involucran montos pequeños se van a resolver usando el mismo proceso y los mismos tiempos que los juicios de montos grandes, excepto cuando la ley diga algo diferente para casos específicos. En otras palabras, no hay un trato especial solo por ser un asunto de poco dinero: se sigue el mismo camino que los demás, salvo que haya una regla que diga lo contrario.

Texto oficial

Artículo 746.- Los juicios de menor cuantía se ventilarán con el procedimiento y términos de los de mayor cuantía, salvo los casos expresamente determinados por la ley. (REFORMADO, P.O. 26 DE JUNIO DEL 2000)

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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