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Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
886

Artículo 886 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El testamento cerrado es ese que guardas en un sobre sellado sin que nadie sepa lo que dice. Cuando llega el momento de abrirlo ante un juez, todos los testigos que firmaron el sobre deben confirmar uno por uno que esa es su firma y que el paquete no ha sido abierto o cambiado. Además, un agente del Ministerio Público (el representante de la ley) tiene que estar presente durante ese proceso para vigilar que todo se haga correctamente. En resumen, es una ceremonia donde se revisa y se abre el testamento ante testigos y un funcionario para garantizar que sea válido.

Texto oficial

Artículo 886.- Para la apertura del testamento cerrado, los testigos reconocerán separadamente sus firmas y el pliego que lo contenga. El representante del Ministerio Público asistirá a la diligencia.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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