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- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 929
Artículo 929 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no está vigente, así que no tiene ningún efecto legal actualmente. Fue eliminado de la ley en febrero de 2009, lo que significa que ya no se aplica a nadie. En pocas palabras, solo debes saber que ya no existe como regla que cumplir.
Texto oficial
Artículo 929.- (DEROGADO, P.O. 20 DE FEBRERO DE 2009).
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.