- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 938 Bis
Artículo 938 Bis del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe. Está derogado, o sea, fue eliminado del código en 2009, así que ya no tiene ningún efecto legal. En su lugar, el capítulo sobre "informaciones perpetuas" se reformó en 1983, pero eso tampoco aplica hoy. En resumen, no tienes que preocuparte por esta regla, porque ya no se usa.
Texto oficial
Artículo 938 Bis.- (DEROGADO, P.O. 20 DE FEBRERO DE 2009). CAPITULO V DE LAS INFORMACIONES AD-PERPETUAM (REFORMADO, P.O. 5 DE ENERO DE 1983)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.