- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- TE-22
Artículo TE-22 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, cuando un juez de paz (el juez que atiende problemas pequeños de tu comunidad) toma una decisión, ya no puedes pelear esa decisión en otro juicio ni pedir que se revise. Lo único que puedes hacer es presentar una queja por responsabilidad, es decir, acusar al juez si crees que actuó mal o no cumplió su trabajo. En otras palabras, esa resolución se queda como está y no hay más vueltas legales. Y las sentencias que dicta ese juez se tienen que cumplir tal cual.
Texto oficial
Artículo 22.- Contra las resoluciones dictadas en la justicia de paz no se dará más recurso que el de responsabilidad. EJECUCION DE LAS SENTENCIAS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.