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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-de-procedimientos-civiles/TE-33
Ley
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Artículo
TE-33

Artículo TE-33 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no tiene validez, porque fue derogado en 2005. Estar derogado significa que se eliminó de la ley y ya no hay que cumplirlo ni tomarlo en cuenta. En pocas palabras, es como si ese texto nunca existiera para efectos legales.

Texto oficial

Artículo 33.- DEROGADO, P.O. 14 DE ENERO DE 2005. INCIDENTES

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.