- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- TE-40
Artículo TE-40 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para cada asunto se hace un expediente, que es una carpeta con los documentos importantes, y siempre debe incluir el acta de la audiencia, donde se anotan los puntos clave y la decisión final del juez (la sentencia), además de cómo se va a cumplir. El acta solo necesita la firma del juez y del secretario (o testigos), pero tú, como interesado, también puedes firmarla si quieres. Además, puedes pedir copias del acta, y el secretario las revisa para asegurar que sean iguales. Si el condenado está presente, debe firmar el acta, aunque si no sabe escribir o no puede por salud, no es obligatorio; en ese caso, se intentan tomar sus huellas digitales. Cuando el asunto es por menos de cincuenta pesos, ni siquiera se hace expediente: solo se anota en el libro de gobierno lo que dijo la demanda, la respuesta, el resumen de la sentencia y las leyes que la sustentan.
Texto oficial
Artículo 40.- Para cada asunto se formará un breve expediente con los documentos relativos a él, y, en todo caso, con el acta de la audiencia en la que muy suscintamente se relatarán los puntos principales y se asentará la sentencia así como lo relativo a su ejecución. Bastará que las actas sean autorizadas por el juez y el secretario o los testigos de asistencia en su caso; pero los interesados tendrán el derecho de firmarlas también, pudiendo sacar copias de ellas, cuya exactitud certificará el secretario previo cotejo si así se pidiere. El condenado que estuviere presente firmará en todo caso el acta, a menos de no sabr (sic) o estar físicamente impedido; si fuere posible se imprimirán sus huellas digitales. En los asuntos de menos de cincuenta pesos no se requiere ni la formación de expediente bastando con asentar en el libro de gobierno, el asunto de la demanda y la contestación que se diere sucintamente relatada y los puntos resolutivos de la sentencia con los preceptos legales que le sirvieron de fundamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.