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Ley
Código Penal para el Estado de Nuevo León
Artículo
170

Artículo 170 del Código Penal para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te condenaron a confinamiento (estar en un lugar específico, como tu casa o un pueblo) y te sales de ahí antes de cumplir el tiempo, te van a meter a la cárcel por el tiempo que te falte. O sea, si te faltaban 3 meses, esos 3 meses los pasas en prisión. Es un castigo por no respetar las reglas del confinamiento. La ley no te da chance: si te escapas, cambias el castigo a algo más fuerte.

Texto oficial

ARTICULO 170.- AL SENTENCIADO A CONFINAMIENTO QUE SALGA DEL LUGAR QUE SE LE HAYA FIJADO COMO RESIDENCIA ANTES DE CUMPLIRLO, SE LE APLICARA PRISION POR EL TIEMPO QUE LE FALTE.

Ver texto oficial del Código Penal para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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