- Ley
- Código Penal para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 170
Artículo 170 del Código Penal para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te condenaron a confinamiento (estar en un lugar específico, como tu casa o un pueblo) y te sales de ahí antes de cumplir el tiempo, te van a meter a la cárcel por el tiempo que te falte. O sea, si te faltaban 3 meses, esos 3 meses los pasas en prisión. Es un castigo por no respetar las reglas del confinamiento. La ley no te da chance: si te escapas, cambias el castigo a algo más fuerte.
Texto oficial
ARTICULO 170.- AL SENTENCIADO A CONFINAMIENTO QUE SALGA DEL LUGAR QUE SE LE HAYA FIJADO COMO RESIDENCIA ANTES DE CUMPLIRLO, SE LE APLICARA PRISION POR EL TIEMPO QUE LE FALTE.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.