- Ley
- Código Penal para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 328
Artículo 328 del Código Penal para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres mamá y abortas a propósito o dejas que alguien más te haga un aborto, te pueden meter a la cárcel. El castigo va de seis meses hasta un año de prisión. Ojo: solo aplica cuando es voluntario, no si es un accidente o algo fuera de tu control. En otras palabras, la ley castiga la decisión libre de interrumpir el embarazo.
Texto oficial
ARTICULO 328.- SE IMPONDRAN DE SEIS MESES A UN AÑO DE PRISION, A LA MADRE QUE VOLUNTARIAMENTE PROCURE SU ABORTO O CONSIENTA EN QUE OTRO LA HAGA ABORTAR.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.