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Ley
Código Penal para el Estado de Nuevo León
Artículo
328

Artículo 328 del Código Penal para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres mamá y abortas a propósito o dejas que alguien más te haga un aborto, te pueden meter a la cárcel. El castigo va de seis meses hasta un año de prisión. Ojo: solo aplica cuando es voluntario, no si es un accidente o algo fuera de tu control. En otras palabras, la ley castiga la decisión libre de interrumpir el embarazo.

Texto oficial

ARTICULO 328.- SE IMPONDRAN DE SEIS MESES A UN AÑO DE PRISION, A LA MADRE QUE VOLUNTARIAMENTE PROCURE SU ABORTO O CONSIENTA EN QUE OTRO LA HAGA ABORTAR.

Ver texto oficial del Código Penal para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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