- Ley
- Código Penal para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 342
Artículo 342 del Código Penal para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Injuriar es decirle o hacerle algo a alguien con la intención de ofenderlo o demostrarle que lo desprecias. O sea, no solo son las palabras groseras, también cuenta cualquier acción que hagas para humillar o faltarle el respeto a otra persona. Si dices un insulto o haces un gesto para menospreciar a alguien, eso se considera una injuria.
Texto oficial
ARTICULO 342.- INJURIA ES TODA EXPRESION PROFERIDA A TODA ACCION EJECUTADA PARA MANIFESTAR DESPRECIO A OTRO, O CON EL FIN DE HACERLE UNA OFENSA.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.