- Ley
- Código Penal para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 8
Artículo 8 del Código Penal para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cometes un delito y, antes de que te dicten la sentencia final, cambia la ley para que el castigo sea más leve o más duro, se te aplica la que te beneficie más. O sea, siempre te toca la pena que sea menos grave para ti, aunque la ley haya cambiado a mitad del proceso. Esto aplica desde que hiciste el delito hasta que se dice la sentencia definitiva, sin vueltas. Es una protección para que no te perjudiquen por cambios en las reglas.
Texto oficial
ARTÍCULO 8.- SI LA SANCIÓN SE MODIFICARE ENTRE LA REALIZACIÓN DEL DELITO O DURANTE EL LAPSO COMPRENDIDO HASTA QUE DEBA PRONUNCIARSE LA SENTENCIA EJECUTORIADA, SE APLICARÁ LO MÁS FAVORABLE AL REO. (REFORMADO, P.O. 28 DE JULIO DE 2004)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.