- Ley
- Código Penal para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 93
Artículo 93 del Código Penal para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La autoridad que maneja tu caso (como un juez o un funcionario) puede cambiar una medida de seguridad por otra que se ajuste mejor a ti, si cree que es más útil o apropiada. Esto lo decide tomando en cuenta cómo eres tú como persona y qué tan bien funciona la medida nueva. En otras palabras, si algo no te está ayudando como se esperaba, podría reemplazarse por otra opción. No es un cambio automático, sino una decisión que toma la autoridad cuando lo ve conveniente.
Texto oficial
ARTICULO 93.- LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA PODRA SUBSTITUIR UNA MEDIDA DE SEGURIDAD POR OTRA MAS ADECUADA, SI ASI SE ESTIMA CONVENIENTE, DE ACUERDO CON LA PERSONALIDAD DEL SUJETO Y LA EFICIENCIA DE LA NUEVA MEDIDA. (REFORMADO, P.O. 28 DE JULIO DE 2004)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.