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Ley
Código Penal para el Estado de Nuevo León
Artículo
93

Artículo 93 del Código Penal para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La autoridad que maneja tu caso (como un juez o un funcionario) puede cambiar una medida de seguridad por otra que se ajuste mejor a ti, si cree que es más útil o apropiada. Esto lo decide tomando en cuenta cómo eres tú como persona y qué tan bien funciona la medida nueva. En otras palabras, si algo no te está ayudando como se esperaba, podría reemplazarse por otra opción. No es un cambio automático, sino una decisión que toma la autoridad cuando lo ve conveniente.

Texto oficial

ARTICULO 93.- LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA PODRA SUBSTITUIR UNA MEDIDA DE SEGURIDAD POR OTRA MAS ADECUADA, SI ASI SE ESTIMA CONVENIENTE, DE ACUERDO CON LA PERSONALIDAD DEL SUJETO Y LA EFICIENCIA DE LA NUEVA MEDIDA. (REFORMADO, P.O. 28 DE JULIO DE 2004)

Ver texto oficial del Código Penal para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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