XVII.1o.P.A.75 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
CASACIÓN. ESTE RECURSO CONSTITUYE UN SISTEMA MIXTO QUE PERMITE AL TRIBUNAL INVALIDAR LA AUDIENCIA DE DEBATE DE JUICIO ORAL O LA SENTENCIA O RESOLUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO DICTADA EN ELLA (NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Junio de 2011; Pág. 1253
De los artículos
419, 423 y 424 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua
se advierte que el recurso de casación constituye un sistema mixto en cuanto a su objeto, porque a través de este recurso ordinario el tribunal puede invalidar: a) la audiencia de debate de juicio oral, o b) la sentencia o resolución de sobreseimiento dictada en dicha audiencia cuando hubiere quebranto a las formalidades esenciales del procedimiento o infracción a la legalidad en la formación de las resoluciones aludidas; esta duplicidad en que puede ejecutarse la actividad jurisdiccional, permite a los recurrentes enderezar sus motivos de agravio contra el juicio y la sentencia; de ahí que los efectos de la casación se encuentran justificados de acuerdo con su objeto, y de ello deriva la causa de anulación que se determine en cada caso particular, la cual, conforme al artículo
428
del citado ordenamiento legal, debe fundarse y motivarse por la autoridad a efecto de establecer las razones que sirvieron de base para la decisión y pronunciarse sobre todas las cuestiones controvertidas, salvo que se acogiere el recurso con base en alguna que fuere suficiente para anular la sentencia.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 266/2010. 4 de marzo de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Martínez Calderón. Secretaria: Martha Cecilia Zúñiga Rosas.