XV.5o.17 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional
RESPONSABLES SOLIDARIOS DEL PAGO DE LOS IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR Y DEMÁS CONTRIBUCIONES. AL ARTÍCULO 53, FRACCIÓN II, DE LA LEY ADUANERA QUE PREVÉ QUIÉNES SON, NO LE SON APLICABLES LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD, SINO SÓLO LOS CONSTITUCIONALES QUE DEBEN RESPETAR TODAS LAS LEYES.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Marzo de 2011; Pág. 2422
Atento a que el artículo
53, fracción II, de la Ley Aduanera
no impone gravamen fiscal alguno, no le son aplicables los principios tributarios de proporcionalidad y equidad contenidos en el artículo
31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, sino únicamente los principios constitucionales que deben respetar todas las leyes, como son los de legalidad y seguridad jurídica, ya que el precepto inicialmente citado sólo prevé quiénes son responsables solidarios del pago de los impuestos al comercio exterior y de las demás contribuciones, así como de las cuotas compensatorias que se causen con motivo de la introducción de mercancías al territorio nacional o de su extracción de éste.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 679/2009. Rafael Carrasco Córdova. 15 de octubre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Caballero Green, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: María del Socorro López Villarreal.