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XI.1o.T.Aux.15 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

TESTIGOS. SU VALORACIÓN DEBE HACERSE TOMANDO EN CUENTA LA INTEGRIDAD DEL TESTIMONIO Y NO LA CALIDAD DE AQUÉLLOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MICHOACÁN).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Febrero de 2011; Pág. 2430

Precedentes

Amparo directo 898/2010. Irma Isela Acevedo Herrera. 29 de septiembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Ceja Ochoa. Secretario: David Israel Domínguez.

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