VI.3o.A. J/75 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE. LA OMISIÓN DE LA AUTORIDAD DE INFORMAR A ÉSTE CON EL PRIMER ACTO QUE IMPLIQUE EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN, LA PRERROGATIVA PREVISTA EN LA LEY FEDERAL RELATIVA DE CORREGIR SU SITUACIÓN FISCAL Y DE LOS BENEFICIOS QUE ELLO LE ACARREA, NO AFECTA LA VALIDEZ DE LO ACTUADO POR AQUÉLLA NI DEL CRÉDITO DETERMINADO.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Enero de 2011; Pág. 2945
Los artículos
2o., fracción XII y 13 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente
prevén, el primero, la prerrogativa de éste a ser informado al inicio de las facultades de comprobación sobre los derechos y obligaciones que le asisten en el curso de tales actuaciones o mientras dura el procedimiento de fiscalización, así como que dicho requisito se tendrá por satisfecho cuando la revisora entregue al gobernado la carta de los derechos del contribuyente auditado, y de ello quede constancia y, el segundo, que cuando las autoridades fiscalizadoras ejerzan sus facultades de revisión en términos de las
fracciones II y III del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación
(orden de visita o revisión de escritorio), deben informar al contribuyente en el primer acto que implique el inicio del citado procedimiento, el derecho que tiene para corregir su situación fiscal, así como los beneficios que ello le acarrea. Ahora bien, cuando de los autos se advierte que la autoridad administrativa no informó al contribuyente sobre el derecho de corregir su situación fiscal y de los beneficios que ello implica, tal proceder no afecta la validez de lo actuado por aquélla ni del crédito determinado, toda vez que de una interpretación sistemática de los referidos preceptos se colige que ello sólo da lugar a fincar, en todo caso, una responsabilidad administrativa al servidor público que incurre en la omisión.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 133/2008. Administradora Local Jurídica de Puebla Norte. 2 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Raúl Oropeza García. Secretario: Clemente Delgado Salgado.
Amparo directo 331/2008. Alde Puebla, S.A. de C.V. 16 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Raúl Oropeza García. Secretario: Héctor Alejandro Treviño de la Garza.
Revisión fiscal 163/2008. Administradora Local Jurídica de Puebla Norte. 13 de noviembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro de Jesús Baltazar Robles. Secretario: Pedro Hermida Pérez.
Amparo directo 99/2010. Fausto Óscar de la Barrera Velázquez. 20 de mayo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Raúl Oropeza García. Secretario: Alejandro Ramos García.
Amparo directo 312/2010. Roturaciones, Excavaciones y Caminos del Centro, S.A. de C.V. 11 de noviembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Raúl Oropeza García. Secretario: Héctor Alejandro Treviño de la Garza.