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III.5o.C.164 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

AUTO DE EXEQUENDO DICTADO EN UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. EN SU CONTRA PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO SIN NECESIDAD DE AGOTAR PREVIAMENTE EL RECURSO DE APELACIÓN (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Agosto de 2010; Pág. 2222

Precedentes

Amparo en revisión 231/2010. Armando Gómez Laguillo. 8 de julio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretario: Dante Omar Rodríguez Meza. Nota: Por ejecutoria del 27 de junio de 2012, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 50/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 146/2015 de la Primera Sala, de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 12/2016 (10a.) de título y subtítulo: " JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL CUYA SENTENCIA DEFINITIVA SEA APELABLE POR RAZÓN DE LA CUANTÍA. CONTRA EL AUTO DE EXEQUENDO DICTADO EN AQUÉL, ES NECESARIO AGOTAR EL RECURSO DE APELACIÓN DE TRAMITACIÓN INMEDIATA, PREVIO A LA PROMOCIÓN DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO ."