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2a. XXXIV/2010Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

COMPETENCIA POR TURNO. NO SE ACTUALIZAN LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN LOS INCISOS DEL ARTÍCULO 9 DEL ACUERDO GENERAL 48/2008 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REGULAN LA ASIGNACIÓN DE ASUNTOS MEDIANTE EL SISTEMA DE RELACIÓN, CUANDO UN ÓRGANO JURISDICCIONAL ÚNICAMENTE TUVO CONTACTO CON UN ASUNTO Y NO HACE UN PRONUNCIAMIENTO EN CUANTO AL FONDO O RESPECTO DE SU COMPETENCIA NI LO DESECHA, SUPUESTO EN EL CUAL OPERA EL TURNO ALEATORIO.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Junio de 2010; Pág. 273

Precedentes

Competencia 102/2010. Suscitada entre los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero, ambos en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 21 de abril de 2010. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano; en su ausencia hizo suyo el asunto Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretario: Alberto Miguel Ruiz Matías. Nota: El Acuerdo General 48/2008, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal citado, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVIII, septiembre de 2008, página 1461.

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