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1a./J. 10/2010 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

HONORARIOS. QUIEN DEMANDE SU PAGO EN LA VÍA ORDINARIA CIVIL, DERIVADO DE LA REPRESENTACIÓN O ASESORÍA PRESTADA EN UN LITIGIO LABORAL A UN TRABAJADOR, NO TIENE QUE EXHIBIR TÍTULO PROFESIONAL.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Mayo de 2010; Pág. 506

Precedentes

Contradicción de tesis 356/2009. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito y el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 2 de diciembre de 2009. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Rodrigo de la Peza López Figueroa. Tesis de jurisprudencia 10/2010. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha trece de enero de dos mil diez.