XVII.52 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
SUSPENSIÓN DEFINITIVA CONTRA EL EMBARGO PRECAUTORIO TRABADO POR LA AUTORIDAD HACENDARIA EN UNA CUENTA DE CHEQUES. CASO EN EL QUE LAS COPIAS SIMPLES O CERTIFICADAS DEL CONTRATO DE APERTURA, DE LOS ESTADOS DE CUENTA Y DE LAS IMPRESIONES ELECTRÓNICAS EN LAS QUE APARECE LA LEYENDA "CUENTA BLOQUEADA" RELACIONADAS CON OTROS ELEMENTOS, ACREDITAN EL INTERÉS JURÍDICO DE LA QUEJOSA PARA OBTENER DICHA MEDIDA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Abril de 2010; Pág. 2815
El interés jurídico de la quejosa para solicitar la suspensión definitiva respecto de un embargo trabado por la autoridad hacendaria en una cuenta de cheques de la que dice ser titular, no se acredita con las documentales consistentes en copias simples del contrato de apertura relativo a esa cuenta, copia certificada de los estados de ésta y copia certificada de las impresiones electrónicas en las que aparece la leyenda "cuenta bloqueada"; dado que de esas constancias no se advierte la orden de embargo reclamada, los motivos de la inmovilización ni la autoridad a la que se atribuye dicho acto. Sin embargo, si la responsable, al rendir su informe previo, acepta la existencia del acto reclamado afirmando que giró instrucciones a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que instruyera a las instituciones bancarias del país para que inmovilizaran las cuentas que estuvieran a nombre de la quejosa, en especial aquella de cuyo embargo se duele ésta y, además, admite la existencia del aseguramiento precautorio de esa cuenta, es posible establecer, como resultado de una valuación integral y relacionada de los indicios que derivan de tales constancias, que se demuestra el interés jurídico de la promovente del amparo para solicitar la suspensión del acto reclamado.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Incidente de suspensión (revisión) 489/2009. 22 de octubre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Artemio Hernández González. Secretaria: Cecilia Aceves Pacheco.