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XVI.1o.A.T. J/17Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE DICHO RECURSO CONFORME AL ARTÍCULO 63, FRACCIÓN VI, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, TRATÁNDOSE DE SENTENCIAS RELATIVAS A CRÉDITOS DERIVADOS DE APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Abril de 2010; Pág. 2525

Precedentes

Revisión fiscal 160/2009. Delegada Regional en Guanajuato del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. 2 de octubre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Ariel Alberto Rojas Caballero. Secretario: Jorge Eduardo Ramírez Téllez. Revisión fiscal 157/2009. Titular de la Jefatura de Servicios Jurídicos de la Delegación Estatal en Guanajuato del Instituto Mexicano del Seguro Social. 9 de octubre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Ariel Alberto Rojas Caballero. Secretario: Juan Carlos Nava Garnica. Revisión fiscal 158/2009. Delegada Regional en Guanajuato del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. 16 de octubre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Estrada Jungo. Secretario: Juan Carlos Nava Garnica. Revisión fiscal 203/2009. Delegada Regional en Guanajuato del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. 4 de diciembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús de Ávila Huerta. Revisión fiscal 219/2009. Delegada Regional en Guanajuato del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. 29 de enero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Estrada Jungo. Secretario: José Juan Múzquiz Gómez.

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