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I.7o.A.684 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

PÓLIZA DE FIANZA. CUANDO EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SE CUESTIONA LA AUTENTICIDAD DE LA QUE MOTIVÓ EL REQUERIMIENTO DE PAGO IMPUGNADO EN ESA INSTANCIA, COMPETE A LAS SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA DIRIMIR DICHA INCONFORMIDAD, VÍA INTERLOCUTORIA, SIEMPRE QUE ELLO SE HAGA VALER ANTES DEL CIERRE DE LA INSTRUCCIÓN (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2005).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Marzo de 2010; Pág. 3028

Precedentes

Revisión fiscal 498/2009. Subprocurador Fiscal Federal de Amparos de la Procuraduría Fiscal de la Federación, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica que representa al Secretario de Hacienda y Crédito Público y al Director de Garantías de la Tesorería de la Federación. 2 de diciembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretaria: Elizabeth Arrañaga Pichardo.

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