Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/165184

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 8 de octubre de 2014, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 255/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

XVII.2o.P.A.13 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
165184
Clave de tesis
XVII.2o.P.A.13 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Febrero de 2010; Pág. 2902

PRUEBAS TESTIMONIAL, PERICIAL Y DE INSPECCIÓN OCULAR EN EL AMPARO. NO DEBEN DEDUCIRSE DEL PLAZO DE CINCO DÍAS PARA SU ANUNCIO LOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY DE LA MATERIA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Febrero de 2010; Pág. 2902

Precedentes

Queja 54/2009. Miguel Jesús Pérez Chávez. 17 de diciembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: José Octavio Rodarte Ibarra. Secretario: Julio César Montes García. Nota: Por ejecutoria del 8 de octubre de 2014, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 255/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia común

Registro digital (IUS): 165184