Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
XXI.2o.P.A. J/32Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común

DEMANDA DE AMPARO. REGLAS CONFORME A LAS CUALES DEBE REALIZARSE EL CÓMPUTO DE LOS QUINCE DÍAS PARA INTERPONERLA (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 21 DE LA LEY RELATIVA).

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Enero de 2010; Pág. 1931

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 253/2005. **********. 26 de mayo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinosa. Secretario: Mario Alejandro Nogueda Radilla. Amparo en revisión 266/2005. Presidente del Ayuntamiento Constitucional de José Azueta, Guerrero y otros. 16 de junio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Maximiliano Toral Pérez. Secretaria: Martha Alicia López Hernández. Amparo en revisión 36/2006. Cecilia Sánchez de la Barquera Alaman y otro. 10 de febrero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Maximiliano Toral Pérez. Secretaria: Martha Alicia López Hernández. Amparo en revisión 55/2006. Benito Islas Ángeles. 6 de abril de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Rafael Aragón. Secretario: Abel Aureliano Narváez Solís. Amparo en revisión 161/2009. Grubarges Inversiones Hoteleras Mexicanas, S.R.L. de C.V. 1o. de octubre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Zeus Hernández Zamora, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Vicente Iván Galeana Juárez.

→ Más tesis en materia común