I.9o.A.117 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CONSECUENCIAS DE LA OMISIÓN DE LA AUTORIDAD DEMANDADA DE PRESENTAR, AL CONTESTAR LA DEMANDA, LAS CONSTANCIAS QUE AVALEN LA EXISTENCIA DE UN CRÉDITO FISCAL, CUANDO EL ACTOR LO CONTROVIRTIÓ PERO MANIFESTÓ DESCONOCERLO Y DESTACADAMENTE IMPUGNÓ ACTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN ORIGINADO POR AQUÉL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Diciembre de 2009; Pág. 1551
Si el actor en el juicio contencioso administrativo impugna destacadamente actos relativos al procedimiento administrativo de ejecución (como el avalúo de bienes embargados), y además controvierte el crédito fiscal que dio origen a éste pero manifiesta desconocerlo, la Sala Fiscal, al momento de resolver en definitiva, antes de analizar lo relativo a la procedencia del juicio en relación con los actos del indicado procedimiento, deberá verificar si la autoridad demandada cumplió con la obligación procesal a que se refiere el artículo
16, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
, relativa a presentar, al contestar la demanda, las constancias que avalen la existencia del mencionado crédito, para que el contribuyente esté en condiciones de impugnarlo complementariamente de manera cierta, vía ampliación de demanda, ya que en caso de que no se haya cumplido con lo anterior, la existencia del referido crédito no quedará demostrada en el juicio y, por tanto, los demás actos, incluyendo los de ejecución, necesariamente se verían afectados por esa decisión, al ser consecuencia de aquél.
NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 369/2008. PME Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. 13 de febrero de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Milton Kevin Montes Cárdenas.