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XVIII.1o.4 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

CONCEPTOS DE VIOLACIÓN EN AMPARO INDIRECTO. NO BASTA LA MERA AFIRMACIÓN DE QUE UNO DE ELLOS RESULTA FUNDADO PARA OMITIR EL ESTUDIO DE LOS RESTANTES, SINO QUE DEBE ANALIZARSE SI ÉSTE ES EL QUE OTORGA MAYORES BENEFICIOS JURÍDICOS AL QUEJOSO (APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA P./J. 3/2005).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Diciembre de 2009; Pág. 1500

Precedentes

Amparo en revisión 414/2009. Silvio Barrios Jiménez. 16 de octubre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: María Eugenia Olascuaga García. Secretario: René Rubio Escobar. Nota: Por ejecutoria del 7 de septiembre de 2011, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 437/2009, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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