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VI.2o.396 K (8a.)Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil, Común

IMPROCEDENCIA DEL AMPARO POR FALTA DE INTERÉS JURÍDICO, CUANDO EL AUTO DE EXEQUENDO NO FUE DICTADO CONTRA EL QUEJOSO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Abril de 2009; Pág. 1907

Precedentes

Amparo en revisión 267/91. Guadalupe Gómez Quintero y María Guadalupe González Gómez. 26 de junio de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Álvarez. Amparo en revisión 416/90. Natalia Cruz Campillo. 23 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Vicente Martínez Sánchez (Octava Época, Tomo VIII-diciembre, página 228). Nota: Esta tesis que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo IX, abril de 1992, página 520 , se cancela por instrucciones del propio Tribunal Colegiado.

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