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I.6o.T.393 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

AMPARO DIRECTO. SI LA JUNTA REMITE CONSTANCIAS DE LAS QUE SE ADVIERTE QUE TUVO AL PROMOVENTE DE AQUÉL DANDO CUMPLIMIENTO AL LAUDO IMPUGNADO, DEBE DECRETARSE EL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Octubre de 2008; Pág. 2311

Precedentes

Amparo directo 680/2008. Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. 4 de septiembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Sandra Elena Morfines Mora.

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