IV.1o.C.86 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
PAGARÉ SIN "FECHA DE SUSCRIPCIÓN". CARECE DE EJECUTIVIDAD.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Mayo de 2008; Pág. 1105
El artículo
170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
, en su fracción V, establece uno de los requisitos que debe contener el pagaré, como es la "fecha de suscripción"; así, la ausencia de esa formalidad impide que el documento produzca sus efectos, en términos del numeral
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del propio ordenamiento jurídico, porque no existe disposición legal expresa que autorice suplir tal omisión. El requisito apuntado forma un todo indisoluble con la expresión del "lugar de suscripción" del pagaré, según el invocado artículo 170, cuya ausencia también impide que produzca efectos, conforme al similar criterio contenido en la jurisprudencia número 304, de rubro: "
PAGARÉS CARENTES DE LA EXPRESIÓN DEL LUGAR DE EXPEDICIÓN. NO SURTEN EFECTOS
.", de la otrora Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 258, Tomo IV, Materia Civil, del Apéndice 2000.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 427/2007. Sergio Garza Elizondo. 25 de enero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Alfredo Sánchez Castelán. Secretario: Carlos Rafael Domínguez Avilán.